Artículos etiquetados con: MEDIACION

Oct15

LA IMPORTANCIA DE LA MEDIACIÓN EN LOS TEMAS DE FAMILIA, POR MAITE SANCHO

Categories // Publico

LA IMPORTANCIA DE LA MEDIACIÓN EN LOS TEMAS DE FAMILIA, POR MAITE SANCHO

La mediación siempre es recomendable en los temas de familia. En ocasiones, es necesario que intervenga un tercero imparcial para intentar que los cónyuges vuelvan al diálogo, al entendimiento y que puedan alcanzar acuerdos que beneficien a todos los miembros que componen la familia.

Es importante incidir en que la mediación también sirve para reconciliar asuntos de pareja. No estoy hablando de terapia, eso dejémoslo a los especialistas en la materia.  Si bien, quiero dejar claro que los abogados de familia no tenemos ningún interés en que las parejas se divorcien y pasen por un procedimiento contencioso y traumático.

Después de ver pasar un sinfín de parejas que llegan al despacho para firmar el divorcio, aprendes a mirarles a los ojos y tener la certeza de si esa pareja tiene o no la determinación de divorciarse, o más bien es que han llegado a un punto donde no encuentran retorno.

En ambos casos, los abogados de familia hacemos un papel de mediador muy importante. Nuestra labor es facilitar el diálogo y poner los temas importantes sobre la mesa, para que sean ellos mismos quienes se den cuenta de lo que realmente les importa y cuál es la mejor solución.

Un buen abogado de familia es aquel que tiene todos los instrumentos necesarios para abordar todos estos temas y sobre todo saber escuchar y leer entre líneas. Hay que tener presente que tratamos con sentimientos y éstos en ocasiones son difíciles de gestionar.  

Con todo esto quiero decir que el papel de un buen abogado de familia es fundamental para el futuro de las parejas; tanto para las que siguen caminos distintos, como para aquellas que deciden seguir por el mismo camino.

Quiero incidir en que un abogado de familia trata con personas que están pasando un momento muy delicado en sus vidas (quizás uno de los peores), y por ello hay que tratar estos temas con mucha profesionalidad, pero también con mucha humanidad y destreza.

 

Maite Sancho Campos.

@Maite_Sancho

Letrada en Pedrós Abogados.

Ene21

MEDIACIÓN FAMILIAR: DIÁLOGO, GESTIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS. POR MAITE SANCHO

Categories // Publico

MEDIACIÓN FAMILIAR: DIÁLOGO, GESTIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS. POR MAITE SANCHO

 

 MEDIACIÓN FAMILIAR: diálogo, gestión y resolución de conflictos.

Para entender la mediación en su esencia utilizaré el ejemplo de un sastre. Un sastre es un profesional que tiene el oficio de hacerte un vestido a medida, ese vestido que te queda impecable, que no necesita ningún tipo de retoque. 

La mediación es un vestido a medida. Es un procedimiento que resuelve un conflicto, tú conflicto, con la mejor resolución al mismo. Es la mejor resolución, sencillamente, porque son los afectados por el mismo los que resuelven el conflicto. 

En este artículo abordamos brevemente la mediación familiar, el divorcio y todas las medidas que se regulan en el mismo. 

El divorcio es la solución a una crisis familiar. Las crisis familiares vienen acompañadas de muchos sentimientos: decepción, fracaso, pérdida, rabia, ira, tristeza, venganza, etc. Estos sentimientos en la mayoría de ocasiones influyen a la hora de tomar decisiones importantes, esto es, intervienen en el divorcio y en las medias que se regulan con el mismo (guarda y custodia de los hijos, liquidación del régimen económico matrimonial, uso y disfrute del domicilio familiar, reparto de vacaciones de los hijo en común, elección de la educación de los menores: pública/privada o laica/religiosa, entre otras muchas cuestiones). 

Los sentimientos  que afloran en un divorcio se traducen, en muchas ocasiones, en que los cónyuges busquen culpables a dicha ruptura (olvidando muchas veces el interés del menor y de ellos mismos).

Culpabilizar al otro de la ruptura es un comportamiento muy humano pero que no lleva a ninguna solución racional y duradera. Se  necesita tiempo y diálogo para superar dicha frustración. 

La mediación es un proceso idóneo para la superación y resolución de conflictos. 

En los temas de familia los aspectos jurídicos no son los más difíciles de solucionar. Son los aspectos emocionales los que hacen que se dificulten los jurídicos. 

Cuando nos enfrentemos a estos problemas tenemos que hacernos varias preguntas: ¿Quién conoce mejor nuestros problemas? ¿Quién mejor que nosotros para buscar la solución a los mismos? ¿Necesitamos que un tercero tome las decisiones que marcarán nuestras vidas? ¿Estamos cualificados para resolver nuestros conflictos?

La realidad es que sois vosotros los que conocéis mejor vuestros problemas, circunstancias y vicisitudes. Tú conoces mejor que nadie a tu pareja. En conclusión nadie mejor que vosotros, los integrantes de la pareja,   para encontrar  soluciones a medida a vuestros conflictos. 

Es una tarea complicada y peliaguda pero para ello tenéis la ayuda de un mediador.

El mediador es una figura muy importante en la resolución de conflictos. El mediador no es un juez, no da soluciones. Su función es facilitar el diálogo entre los componentes de la pareja.

El mediador facilita la comunicación entre los cónyuges, la cual en la mayoría de casos se ha perdido. 

Un mediador está dotado de paciencia, empatía, sabe escuchar, parafrasear, sacando a relucir los aspectos en común y siendo siempre neutral. No aporta soluciones sino que ayuda a llegar a ellas. En definitiva ayuda a que la comunicación sea más fluida entre la pareja.

La diferencia más significativa entre la mediación y acudir a un procedimiento judicial, es que son las mismas partes (y no un tercero) las que proponen soluciones a sus conflictos y son ellas las que al final proponen un pacto de mutuo acuerdo. 

La mediación en el ámbito familiar es, pues, una alternativa eficaz, eficiente, rápida y económica para gestionar los conflictos derivados de las crisis familiares. 

Si bien la mediación no es la solución a todos nuestros problemas, ni todos los problemas pueden resolverse en mediación,  sí que es un método conciliador, que a veces no llega a dar una solución al conflicto pero acerca posiciones y logra lo que en un juzgado nunca sucede, que la pareja siga manteniendo la relación. 

Tampoco hay que olvidar que son las partes las que han llegado a un acuerdo y no ha sido un tercero el que ha tomado todas las decisiones. Estos acuerdos son más fáciles de cumplir porque no vienen impuestos. Lo más significativo es que no hay vencedores ni vencidos.

No puedo terminar sin decir que hay que dar una oportunidad a la mediación, dándola a conocer e informando a los ciudadanos de que existe una alternativa real a la vía judicial para resolver algunos conflictos. 

Os dejo un cita que resume la esencia de la mediación: “Los conflictos existen siempre, no tratéis de evitarlos sino de entenderlos” Lin Yutang.

 

 

Maite Sancho Campos.

Letrada del área de Derecho de Familia de Pedrós Abogados. 

 
Jul20

A PROPÓSITO DE LA LEY DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA

Categories // Arbitraje y Procesal

A PROPÓSITO DE LA LEY DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
 
 
 
El pasado día 3 de julio fue aprobada la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria, normativa que regula aspectos procesales que afectan a prácticamente todas las ramas de Derecho privado, ya se trate de cuestiones de Derecho de familia (a la que afecta de forma mayoritaria) o también algunos aspectos de Derecho de la empresa.
 
Esta ley, siguiendo la tendencia de otros países europeos, opta por permitir que determinados asuntos sean, de forma alternativa, examinados y solventados por Secretarios Judiciales, Notarios o Registradores. Siempre teniendo en cuenta el conocimiento y experiencia que estos operadores jurídicos tienen en la concreta rama del Derecho privado.
 
De esta forma, por tanto, la nueva norma lleva a cabo una cierta desjudicialización al situar fuera del conocimiento de jueces y tribunales aspectos y controversias que, si bien afectan e implican le juego de intereses de Derecho privado, pueden ser conocidos y solventados de forma totalmente satisfactoria por los antes mencionados operadores jurídicos.
 
En primer lugar, esta desjudicialización de asuntos se lleva a cabo, mayoritariamente, en materias relativas a Derecho de familia, si bien no obstante lo anterior hay determinadas clases de asuntos que debido a su importancia en cuanto a la protección de derechos e intereses de menores e incapacitados siguen dentro del ámbito judicial y siguen siendo resueltos, por tanto, por jueces y tribunales.
 
Y, en segundo lugar, esta desjudicialización se lleva a cabo en asuntos donde el objetivo no es resolver el enfrentamiento o controversia entre las partes, sino que el objetivo es satisfacer la necesidad del ciudadano de obtener una resolución judicial para lograr un acuerdo o ejercer su derecho. 
 
Así, en la práctica algunas de las novedades que esta ley supone son:
 
- Los notarios podrán tramitar bodas y divorcios de mutuo acuerdo, previo pago de la correspondiente tasa.
- Los notarios podrán ejercer como mediadores y aprobar expedientes de conciliación.
- La norma mínima para contraer matrimonio se eleva de los 14 a los 16 años.
 
No obstante lo anterior, y si bien que se produzca un cierto alivio de la insostenible carga de trabajo que juzgados y tribunales soportan en nuestro país es algo en principio positivo, ésta ley ha recibido críticas y ha sido tildada por algunas asociaciones y actores jurídicos como un principio de intento de privatizar la justicia. Estas críticas se basan en la ampliación de facultades de notarios y registradores, a los cuales se les permite llevar a celebrar actos jurídicos y aprobar resoluciones cuya potestad, anteriormente, era exclusiva de la órbita judicial.
 
Debido a estas novedades y cambios que esta Ley de jurisdicción voluntaria esta produciendo se hace indispensable que, junto a los operadores cuyas funciones se amplían –notarios, registradores y secretarios judiciales- y que tienen un interés elevado en la materia, también abogados y procuradores conozcan y se pongan al tanto del nuevo marco legal que a finales de julio entra en vigor.
 
 
* Alberto Aznar Traval es Letrado de PEDRÓS ABOGADOS.