Artículos etiquetados con: economia colaborativa

Jul09

DELIVEROO:LA PRIMERA HUELGA A LA ECONOMÍA "GIG", ARTÍCULO DE ALBERTO AZNAR EN LEVANTE EMV

Categories // Laboral

DELIVEROO:LA PRIMERA HUELGA A LA ECONOMÍA

Artículo de nuestro letrado Alberto Aznar en Levante-EMV publicado el 9 de julio de 2017 en el que analiza la forma y fondo de la primera huelga a la economía "GIG" (Deliberoo)

Jul10

ENTREVISTA A ALBERTO AZNAR EN VALENCIA PLAZA

Categories // Mercantil y Societario

ENTREVISTA A ALBERTO AZNAR EN VALENCIA PLAZA

Entrevista a Alberto Aznar en Valencia Plaza: "Blablacar es una plataforma digital completamente legal".

 

Adjuntamos el enlace para que podáis leer la entrevista completa:

 

 

http://www.valenciaplaza.com/alberto-aznar-blablacar-es-una-plataforma-digital-completamente-legal

Mayo11

BlaBlaCar ILEGAL, ¿ES UNA BROMA?. ARTÍCULO DE ALBERTO AZNAR EN EXPANSIÓN

Categories // Mercantil y Societario

BlaBlaCar ILEGAL, ¿ES UNA BROMA?. ARTÍCULO DE ALBERTO AZNAR EN EXPANSIÓN

BlaBlaCar ilegal ¿es una broma?

Cuando hace unos años me fui de Valencia a estudiar Derecho a la Universidad de Salamanca, si quería volver a casa y no disponía de mi propio vehículo tardaba, utilizando cualquiera de las formas de transporte tradicional, 8 o 9 horas, y gastaba cerca de 50 € para recorrer los 600km que separan la capital del Turia de la ciudad dorada.

Cuando el año pasado volví a visitar la ciudad donde estudié, el mismo desplazamiento y los mismos 600km duró 6 horas y su coste rondó los 35 €. ¿Cuál fue la diferencia, pues, entre ambos trayectos? El uso de las nuevas formas de compartir viaje y gastos que, desde 2012, comenzaron a popularizarse en nuestro país, y que ya habíamos tenido la oportunidad de descubrir años antes en Francia y Holanda, donde su uso ya era algo habitual.

No pretende este análisis ni construir una regla general desde un caso particular ni mostrarse neutro con BlaBlaCar, Amovens y otras plataformas de la economía colaborativa, sino reafirmar a la economía colaborativa como una de las pequeñas contribuciones que requieren las sociedades del siglo XXI.

Esto es así puesto que desde un punto de vista social y económico, parece indudable que la asignación más eficiente de recursos, el menor impacto ambiental, y la reducción de costes económicos que conlleva el uso de nuevas formas de compartir servicios y bienes como BlaBlaCar (transporte) o CouchSurfing (alojamiento) tienen un efecto positivo no solo para quién lo usa a título particular, sino para el conjunto de la sociedad en general.

Lo anterior es más relevante si cabe ya que hoy miércoles 11 de mayo de 2016 tiene lugar en Madrid el juicio de CONFEBUS contra BlaBlaCar, donde la patronal de autobuses pide al juez que paralice y prohíba el funcionamiento de la aplicación de compartir coche y gastos de transporte. El pasado octubre, BlaBlaCar ya impuso sus argumentos al rechazar el juez decretar su cierre cautelar como pedía la patronal de autobuses.

Se trata, en definitiva, de un juicio donde subyace el conflicto entre una forma de intercambiar y prestar bienes y servicios más tradicional y anclada al pasado, y una visión más unida a los cambios sociales y económicos que tiene en cuenta el contexto de la crisis económica (y la necesidad de reducir gastos), los avances tecnológicos (y la inmediatez de internet) y un cierto cambio de mentalidad hacia valores como la ecología y el compartir por encima del poseer.

España es el primer país, de la veintena en que opera, donde BlaBlaCar tiene que defender su posición ante los tribunales, pues en general los diferentes gobiernos han acogido a estas aplicaciones de compartir gastos de transporte no como un problema, sino como un avance por conllevar menos contaminación, aliviar del tráfico y reducir costes económicos.

Desde un punto de vista jurídico, la discusión en torno a la legalidad de BlaBlaCar es más sencilla de responder, ya que no parece que el precio medio de 6 € por cada 100km (0,06 € / kilómetro) pueda considerarse transporte remunerado; ni porque, además, existe habitualidad en los trayectos que los conductores realizan; ni porque el transporte sea el fin de los vehículos que operan.

De esta forma, los argumentos de CONFEBUS acerca de que BlaBlaCar –o, de rebote, Amovens u otras plataformas de compartir gastos de viaje- está incurriendo en competencia desleal, además de un supuesto ejerciendo un servicio de transporte sin licencia donde sus conductores obtienen lucro económico son  difíciles de creer. De hecho, son las propias plataformas las primeras encargadas de controlar -y, si es necesario, expulsar de la red- a aquellos usuarios sobre los que pudiera existir sospecha de que intentan lucrarse, aunque ese lucro sea mínimo.

El reto y la barrera que tienen este tipo de plataformas de la economía colaborativa donde no hay lucro reside, más bien, en ganar la confianza de la ciudadanía y vencer las reticencias que plantea una nueva forma de consumo. Acciones como la demanda de CONFEBUS contra BlaBlaCar tienen un doble efecto puesto que, si bien dan a conocer el conflicto y crean un debate en la opinión pública, promueven la desconfianza en una forma alternativa de transporte que se ha demostrado socialmente más eficiente, beneficiosa y económica que las tradicionales.

Estamos, pues, ante uno de esos casos donde, superadas las reticencias y desconfianzas iniciales, los intereses general y particular se unen creando una interacción totalmente positiva. Que la justicia resuelva el juicio a BlaBlaCar de forma favorable a la economía colaborativa y los avances tecnológicos quizás sea un punto de inflexión para que, definitivamente, las nuevas formas de compartir bienes y servicios sean vistos no como algo sospechoso o extravagante, sino como una forma de consumo más acorde al contexto y las necesidades de las sociedades del siglo XXI.

 

Artículo publicado en Expansión. Os adjuntamos el enlace.

http://www.expansion.com/juridico/opinion/2016/05/11/5732289c46163f76458b457f.html