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Mayo16

NULIDAD DEL RÉGIMEN ECONÓMICO MATRIMONIAL VALENCIANO, ¿Y AHORA QUÉ?, POR MAITE SANCHO

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NULIDAD DEL RÉGIMEN ECONÓMICO MATRIMONIAL VALENCIANO, ¿Y AHORA QUÉ?, POR MAITE SANCHO

 NULIDAD DEL RÉGIMEN ECONÓMICO MATRIMONIAL VALENCIANO ¿Y AHORA QUÉ?

 

Hace apenas unos días, el Tribunal Constitucional dictó sentencia sobre la inconstitucionalidad de la Ley 10/2007, de 20 de marzo, de la Generalitat, de Régimen Económico Matrimonial Valenciano. (Vigente hasta el 07 de Mayo de 2016).

El fallo del Constitucional fue declarar la nulidad de la Ley del Régimen Económico Matrimonial Valenciano. En la citada ley se establecía, desde el año 2008, como regla general el régimen de separación de bienes. En el régimen de separación de bienes pertenecerán a cada cónyuge los bienes que tuviese en el momento inicial del mismo y los que después adquiera por cualquier título.

Es preciso señalar que nuestro Código Civil establece como regla general el régimen de bienes gananciales, recordando aquí lo que establece el Código Civil en su artículo 1.344 “mediante la sociedad de gananciales se hacen comunes para los cónyuges las ganancias o beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera de ellos, que les serán atribuidos por mitad al disolverse aquella”.

La Ley del Régimen Económico Matrimonial Valenciano ha sido derogada, ¿y ahora qué? ¿Qué significa que el TC haya declarado la nulidad de la citada ley? Significa que a partir de ahora la Comunidad Valenciana volverá a regirse, en lo referente al régimen económico matrimonial, según el derecho común, esto quiere decir, que la regla general será el régimen de bienes gananciales y quien quiera que su matrimonio se rija por el régimen de separaciones de bienes deberá acudir al notario para escriturar capitulaciones matrimoniales.

Es importante recalcar que los matrimonios que se contrajeron vigente la Ley 10/2007, de 20 de marzo, de la Generalitat, de Régimen Económico Matrimonial Valenciano seguirán con el régimen que establecieron en el momento de contraer matrimonio, esto quiere decir que la sentencia del TC no les afecta.

La sentencia  del TC no establece efecto retroactivo. Ahora bien,  a partir de ahora la Comunidad Valenciana no tendrá una ley que regule el régimen económico matrimonial y por ende deberá regirse por el derecho civil común.

En resumen, las parejas que contraigan matrimonio a partir de ahora se regirán por el régimen de gananciales. Y el  matrimonio que  quiera establecer un régimen distinto del que marca el Código Civil deberá estipular capitulaciones matrimoniales ante Notario para elegir porque régimen se va a regir  su matrimonio.

 

Maite Sancho Campos.

Letrada en Pedrós Abogados.

 

Mar31

MAITE SANCHO: "EN UN DIVORCIO EL ABOGADO ES CLAVE PARA SOLUCIONAR EL CONFLICTO"

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MAITE SANCHO:

“EN UN DIVORCIO LA FIGURA DEL ABOGADO Y DEL MEDIADOR SON CLAVES PARA SOLUCIONAR EL CONFLICTO”

 

 

Maite Sancho es letrada de Pedrós Abogados, especializada en derecho de familia. Apuesta, en líneas generales, por la mediación como método idóneo para la resolución de conflictos familiares y como alternativa real a la vía judicial en algunos enfrentamientos. Hablamos con ella sobre el divorcio y la custodia compartida, temas muy candentes hoy en día en nuestra sociedad.

 

¿Cuáles son los trámites necesarios para iniciar un proceso de divorcio?

 

Los trámites necesarios para iniciar el proceso de divorcio son diferentes dependiendo de si nos encontramos ante  un divorcio de mutuo acuerdo o un divorcio contencioso.

 

En el primero de los casos los trámites se reducen de manera considerable, pues el convenio regulador se ha realizado acordando puntos en común entre los cónyuges y la demanda de divorcio suele ser más sencilla. El procedimiento de mutuo acuerdo suele resolverse con premura, pues los cónyuges (y si hay menores el Ministerio Fiscal) se ratifican en lo estipulado en el convenio regulador y finalmente se dicta Sentencia por el Juez acordando lo que las partes previamente han pactado.

 

Por el contrario, cuando nos encontramos con un divorcio contencioso la cosa se complica. Se interpone una demanda de divorcio contencioso ante el Juzgado que corresponda explicando las circunstancias del mismo y las medidas que la parte quiere conseguir, demanda que será contestada por el otro cónyuge alegando lo que a su derecho convenga, y si hay menores se le dará traslado al Ministerio Fiscal para que conteste también la demanda. Una vez realizados todos estos trámites, el Juez citará a todas las partes a una vista oral para que se ratifiquen en sus pretensiones  y aporten la prueba que consideren necesaria. Dicho procedimiento finalizará cuando el Juez dicte Sentencia.

 

Año tras año aumentan las rupturas matrimoniales. Desde tu experiencia, ¿a qué crees que se debe?

 

Desde mi punto de vista, cada vez hay más rupturas matrimoniales debido al entorno social en que vivimos, es decir, hoy en día en la mayoría de los casos los dos cónyuges tienen una vida laboral, económica y social diferenciada. A lo anterior hay que añadir que se ha perdido la concepción tradicional de que “el matrimonio es para toda la vida”. Hoy en día  si las cosas salen mal, las parejas lo tienen claro: “me divorcio y punto”. Cada uno hace su camino. La sociedad ha asumido este cambio, pues ahora no es nada raro que una pareja se divorcie, ha pasado a ser algo normal, como se suele decir  “son cosas que pasan”.

 

¿Porqué el mediador puede ser una figura clave en conflictos como el divorcio?

 

La figura del mediador es clave en muchos de los conflictos familiares,  ya que  facilita el diálogo entre los componentes de la pareja.  No hay que olvidar que cuando una pareja se encuentra en crisis la comunicación se pierde, en muchos casos, casi por completo. El mediador, en definitiva, lo que consigue es que las partes, por si mismas, resuelvan sus problemas de la forma más sencilla posible, evitando así una confrontación entre las mismas.

 

El divorcio supone la ruptura de un matrimonio. ¿Qué es lo más complicado de este proceso para un abogado?

 

En un procedimiento de divorcio, se puede decir que, lo más sencillo es la parte jurídica y que lo realmente complicado es lidiar con los cónyuges, esto es, intentar que lleguen a un acuerdo o que no pierdan la perspectiva de la situación real, es decir, que piensen con la cabeza fría. 

No hay que olvidar que cuando la pareja, o uno de los componentes de la misma, ha llegado a la determinación de que quieren el divorcio es porque los problemas han llegado a un punto de no retorno. Si tenemos esto en cuenta es fácil comprender que las partes han dejado de ser objetivos y, por lo tanto, se dejan llevar por sus sentimientos. La tarea del abogado es recuperar, en la medida de lo posible, esa objetividad para que el procediendo llegue a buen puerto.

 

Cuando hay hijos, el divorcio es mucho más traumático. ¿Es una buena solución la custodia compartida?

 

La custodia compartida es una buena solución y un avance jurídico. En el momento actual tanto el hombre como la mujer están incorporados al mundo laboral, por lo que, los roles en la familia moderna han cambiado. En la actualidad se ocupan de los niños tanto la madre como el padre.

 

Además en estos casos siempre se tiene en cuanta el interés del menor y la custodia compartida suele ser la mejor solución. El menor  comparte el mismo tiempo con su padre que con su madre, siendo menos traumática la separación de sus progenitores para el menor. Por el contrario, si nos encontramos con una custodia monoparental en la que la guarda y custodia la tiene la madre (por ser lo habitual), el menor solo está con su padre fines de semana alternos y alguna visita intersemanal, por lo que deja de ver a su padre de forma considerable.

 

En este punto también quiero decir que hablo en términos generales, que cada caso es distinto y que por lo tanto el interés del menor puede  propiciar una custodia monoparental. No hay que olvidar que la custodia compartida, como regla general, no es lo habitual en España, sino que se da en algunas Comunidades Autónomas con legislación propia, como puede ser la Comunidad Valenciana y Cataluña.

 

¿Qué aspectos suele tener en cuenta el juez a la hora de otorgarla?

 

Por regla general, cuando la custodia compartida la solicitan ambos progenitores el juez suele concederla.

 

Si dejamos de lado las Comunidades Autónomas donde la custodia compartida es la regla general y siempre se intenta acordar la misma, lo que el Juez valora, en primer lugar,  para establecer una custodia compartida  es el interés del menor. Otros puntos que se tienen en cuenta son: en el caso de que sean varios hermanos que estos siempre estén juntos, es decir, no separarlos, también se valoran los horarios de los progenitores, (por ejemplo: si uno de los progenitores es piloto y está tres semanas fuera de casa un juez nunca va a acordar la custodia compartida), también puede pedir ser oído al menor (siempre que sea mayor de 12 años), recabar informe del Ministerio Fiscal, y además, si lo considerase necesario  puede requerir la opinión de un especialista cualificado para que se pronuncie sobre el régimen de custodia más beneficioso para el menor.

 

 

Hoy en día, es habitual casarse mediante el régimen de separación de bienes. ¿Ofrece más ventajas frente a los bienes gananciales en caso de divorcio? ¿Porqué?

 

- Si el matrimonio se rige por el régimen de separación de bienes, en caso de ruptura, las cosas son mucho más sencillas. Se evitan el tener que hacer liquidación del régimen de gananciales y, por lo tanto, se ahorran un sinfín de disputas. Con la separación de bienes los patrimonios de los cónyuges están totalmente diferenciados, por lo que no hay que repartirse todos los bienes por mitad, que es lo que ocurre con el régimen de gananciales.

 

¿Alguna recomendación para aquellas parejas que quieren divorciarse?

 

- Cuando una pareja quiere divorciarse es muy importante que ambos cónyuges estén bien asesorados y sepan en todo momento cuáles son sus derechos y sus obligaciones, por lo que siempre deben acudir a un abogado especialista en temas de familia.

 

Cuando hay hijos, sobre todo si son menores de edad, es importante recalcar que en el divorcio lo que se está regulando son las medidas que van a regir sus vidas desde ahora y hasta que sus hijos alcancen la independencia económica, por lo tanto, y aunque no es tarea sencilla, hay que dejar de lado los sentimientos que afloran tras la ruptura y que pueden nublar el raciocinio y hacer caso a este último. 

 

Feb17

ENTREVISTA PARA TELECINCO Y CUATRO SOBRE BANKIA

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ENTREVISTA PARA TELECINCO Y CUATRO SOBRE BANKIA

Nuestro socio titular del despacho, Salvador Pedrós, ha sido entrevistado por Informativos Telecinco y Cuatro, para hablar del tema Bankia que afecta a los pequeños accionistas.

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